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by Latitud7
on 11/8/10
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una respuesta sencilla (de un foro): La Corte Penal Internacional está facultada para enjuiciar a jefes de Estado en ejercicio.-

Tras el grado de dirigirme a tu persona, me disculpo por no haber dado pronta respuesta a la inquietud a que se contra tu e-mail de ayer.-
A ver si mi aclaratoria llena tus expectativas.-
La Corte Penal Internacional está facultada para enjuiciar a jefes de Estado en ejercicio.-

En primer lugar, esta demanda es personalísima. En el caso especifico de Chávez, no se está demandando al Estado venezolano, sino que una eventual sentencia recaería personalmente sobre el mismo ciudadano Hugo Chávez.
Tampoco se pretende establecer la responsabilidad civil o administrativa de un Gobierno, sino demostrar la comisión de un cualquier delito por parte de uno o más de sus integrantes.-

La Corte Penal Internacional está facultada para enjuiciar a Jefes de Estado en ejercicio. Los Jefes de Estado tienen inmunidad penal internacional ante los ordenamientos jurídicos extranjeros. No obstante, el Estatuto de Roma sí estableció la posibilidad de que la Corte pueda enjuiciarlos y sentenciarlos. Éste es uno de los grandes avances del Derecho Internacional Público de los últimos años.
Cabe destacar que ningún Organismo Internacional hubiera podido hacerlo antes de 2002.

La Fiscalía de la Corte Penal Internacional está obligada a investigar y perseguir los delitos establecidos en el Estatuto de Roma una vez denunciados, independientemente de la actividad procesal del denunciante. En la facti-specie, Uribe no es “dueño del proceso”, el cual ha quedado en manos del fiscal Ocampo, libre de negociaciones políticas subsecuentes entre Colombia y Venezuela.-
La Corte Penal Internacional es el primer Tribunal permanente especializado en esta materia y esto la diferencia de los tribunales “ad hoc” de Núremberg, Ruanda, Yugoslavia, etc. Además su normativa y creación son previas al hecho penal sometido a jurisdicción. Fue creado y regulado por el tratado internacional llamado Estatuto de Roma, firmado y ratificado por Venezuela y, por ende, vinculante a sus ciudadanos.